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¿Trabajas feriados y domingos? Descubre los derechos laborales que te corresponden

En esta nota podrás conocer todos los derechos laborales que te corresponden por ley. Es necesario que conozcas esta información para poder exigirlas cuando no se cumplan. Recuerda compartir la información.

¿Realmente conoces todos tus derechos laborales?

¿Realmente conoces todos tus derechos laborales?

¿Realmente conoces todos tus derechos laborales? En esta nota descubrirás todo lo referente a ello para que estés totalmente informado y poder exigir que se cumplan cuando sea necesario. Ante la proximidad de la semana santa, es necesario que lo sepas. El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) recordó el derecho que tienen los trabajadores a recibir descansos remunerados, que incluyen el descanso semanal obligatorio, los feriados, las vacaciones, entre otros.

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Germán Lora, jefe del gabinete de asesores del MTPE, aseguró que se trata de beneficios físicos, no económicos. El beneficio que se tiene es el descanso ya que la remuneración sigue siendo la misma. "Son beneficios que se quedan-por ejemplo- en el sábado o el domingo y en principio no se deben recuperar, dijo. Sin embargo, cuando este derecho no se goza de forma oportuna, sí se convierte en un derecho económico y se genera la obligación de un pago adicional.

Cabe resaltar que hay una diferencia entre estos descansos remunerados y los "días no laborables con carácter compensable" que dispone el Estado, como los conocidos "puentes". En estos últimos, el trabajador sí tendrá que recuperarlos de la forma en que acuerde con el empleador. 

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Descanso semanal

Por otro lado, por ley, el trabajador  tiene derecho a un descanso mínimo de 24 horas consecutivas por semana, que serán preferentemente los domingos. Si el trabajador llegase a laborar este día, tendrá derecho, además del pago regular, al pago de la retribución por el trabajo realizado más una sobretasa de 100% de esta. Si el trabajador ganaba S/100 en su día de descanso, recibirá ahora S/300. No obstante, si el día de descanso laborado es compensado por el empleador dentro de la misma semana, no aplica este derecho. 

¿Qué pasa con el descanso en días feriados?

Si trabajas en estos días, también deberás recibir una retribución por la labor más la sobretasa, aparte del pago regular. Sin embargo, en este supuesto los feriados sí pueden ser compensados en cualquier momento, no es necesario que sean dentro de la misma semana pues la norma no específica un plazo, explica Lora. 

Vacaciones

Los días de descanso vacacional son también remunerados como días laborados. Cuando los feriados caen en la misma fecha que el descanso por vacaciones, solo prevalecen los derechos vacacionales. 

Trabajo por necesidad de la empresa

Los empleadores "deben justificar que hay una necesidad empresarial de pedirles a los trabajadores" que trabajen en feriados o en su día de descanso, sostiene el funcionario del MTPE.