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¿Trabajas el 1 de noviembre? Laborar en día feriado paga triple

Cuáles son las condiciones para cobrar el triple este feriado y cuánto te correspondería.

Si trabajas día feriado cobrarás el triple.

Si trabajas día feriado cobrarás el triple.

En caso te toque trabajar mañana primero de noviembre, recibirás el triple del pago correspondiente a un día de trabajo. Para saber a cuánto equivale esto, tendrás que dividir tu sueldo bruto entre 30 y esa cantidad multiplicarla por 3.

El gerente del Área Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Víctor Zavala, recordó que los feriados nacionales no laborables están regulados por el Decreto Legislativo N° 713 y su Reglamento, Decreto Supremo N° 012-92-TR.

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“Si el trabajador labora el 1 de noviembre, sin descanso sustitutorio, percibirá: una remuneración diaria por el feriado; una segunda remuneración por el trabajo realizado; y una tercera remuneración adicional por haber laborado en día feriado, siempre que no tenga descanso sustitutorio en otro día”, informó.

Ejemplo

Un trabajador cuya remuneración diaria es de S/. 50 y labora el día feriado, sin descanso sustitutorio, recibirá triple remuneración, es decir, 100 soles extra. En caso vaya a descansar otro día por haber trabajado en dicha fecha, le corresponde solo el doble del sueldo o el equivalente a S/. 50.

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Feriados nacionales

Son los feriados no laborables tanto para el sector público como para el privado.

  • Año nuevo (1 de enero)
  • Jueves y Viernes Santo (movibles)
  • Día del Trabajo (1 de mayo)
  • San Pedro y San Pablo (29 de junio)
  • Fiestas Patrias (28 y 29 de julio)
  • Santa Rosa de Lima (30 de agosto)
  • Combae de Angamos (8 de octubre)
  • Todos los Santos (1 de noviembre)
  • Inmaculada Concepción (8 de diciembre)
  • Navidad (25 de diciembre)