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Referéndum 2018: conoce los casos en los que te salvarás de la multa si no fuiste a votar

¿No fuiste a votar en el Referéndum y segunda vuelta 2018? Conoce los casos en los que te salvarás de la multa por no cumplir con tu deber y lo que debes hacer para presentar tu justificación

Conoce los casos en los que te salvarás de la multa por no ir a votar y lo que debes hacer para presentar tu justificación 

Conoce los casos en los que te salvarás de la multa por no ir a votar y lo que debes hacer para presentar tu justificación 

El pasado domingo 9 de diciembre se realizaron las votaciones del Referéndum 2018, que planteaba cuatro reformas constitucionales respecto al Ejecutivo y el Congreso de la República. Asimismo, se desarrolló la segunda vuelta electoral en 15 regiones del país para elegir a gobernantes y alcaldes. Tras una larga jornada, la ONPE ha confirmado, en sus primeros resultados sobre el Referéndum, la primacía del “Sí” en las tres primeras reformas planteadas por el Ejecutivo.

Si bien, miles de ciudadanos en todo el país acudieron a las urnas para dar su voto, algunos no cumplieron su deber cívico y tendrán que pagar la multa correspondiente impuesta por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Pero, ¿qué pasa si no fuiste a votar por alguna razón que realmente te impedía hacerlo?

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El jefe de servicios al ciudadano del JNE, Luis Grillo, brindó las dispensas y justificaciones a las que pueden acceder algunos ciudadanos que no llegaron a cumplir con su deber cívico.

Según Grillo, los motivos serían por salida del país para ser atendido por motivos de salud en el extranjero, desastres naturales, viaje al extranjero por estudios académicos, fallecimiento de familiar directo, discapacidad física, mental, sensorial o intelectual, error en el padrón electoral, lactancia, robo o pérdida del DNI, entre otros motivos.

¿Cómo debo presentar la justificación?

Las personas que desean más información sobre cómo presentar estas justificaciones, pueden acercarse a los Módulo de Atención al Ciudadano (MAC) ubicados en el Callao, Agustino, en la avenida Tomás Valle, Jesús María y Cercado de Lima.

Multas:

Los miembros de mesa que no acudieron a cumplir su deber tendrán que pagar S/ 207.50

En tanto, los electores que no votaron, deberán pagar la siguiente multa (de acuerdo al mapa de pobreza):

Distrito no pobre: S/ 83

Distrito pobre no extremo: S/ 41.50

Distrito pobre extremo: S/ 20.75

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¿Qué sucede si no paga su multa?

Según el JNE, la persona que no pague la multa que le corresponde no podrá inscribir cualquier acto relacionado con su estado civil (matrimonio, divorcio, viudez, etc.), no podrá intervenir en procesos judiciales o administrativos, no podrá realizar actos notariales ni firmar ningún tipo de contrato, no podrá ser nombrado funcionario público, no podrá inscribirse en cualquier programa social y tampoco salir del país.